Conoce las condiciones para que bancos reprogramen tu deuda hasta por 6 meses

El miércoles 15 de marzo la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) autorizó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción para ser aplicadas a los créditos minoristas que puedan haber sido afectados en las zonas en estado de emergencia.

El superintendente adjunto de banca y microfinanzas, Jorge Mogrovejo, refirió que las entidades financieras podrán reprogramar créditos hasta por seis meses en las zonas de emergencia.

Explicó que la medida alcanza a todas las entidades financieras supervisadas por la SBS, es decir, a los bancos, cajas municipales, cajas rurales, financieras y entidades de crédito.

El funcionario destacó que la medida no se constituye en una refinanciación ni en un deterioro en la calificación crediticia de los deudores, dado que la deuda no pasará a estado de vencido.

“Es una decisión que será unilateral de parte de las entidades financieras, pues muchos clientes en estos momentos no son contactables, pero más adelante pueden modificar su nuevo cronograma de pago”, dijo al programa Andina al Día

“Aquellos clientes que no requieran acogerse a esta medida de excepción deberán comunicarse con su entidad a fin de revertir la reprogramación del crédito (manteniendo las condiciones originales)”, precisó.

Efectivamente, las entidades financieras tendrán un plazo excepcional, para comunicarlo al cliente, de hasta 30 días posteriores a la modificación unilateral, porque puede ser que el cliente quiera modificar dicho cronograma.

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